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Penal

Abogado para detenidos en Madrid: asistencia en comisaría

Una detención genera mucha angustia, tanto a la persona detenida como a su familia. Saber qué derechos tiene y qué ocurre en las horas siguientes ayuda a actuar con calma. Contacta por teléfono o WhatsApp en cuanto puedas.

Persona esposada durante una detención
En pocas palabras

Asistencia al detenido: lo que debes saber

La asistencia letrada al detenido es la intervención del abogado desde la comisaría hasta la puesta a disposición judicial. Su objetivo es que la persona detenida conozca sus derechos, no declare sin asesoramiento y que la detención se ajuste a la ley. La familia puede designar un abogado de confianza indicando el nombre del detenido y la dependencia policial. Nosotros nos ocupamos de informarnos sobre la situación, entrevistarnos reservadamente con la persona detenida cuando la ley lo permite, asistirle en su declaración y preparar la comparecencia ante el juzgado de guardia, donde puede decidirse su libertad o la adopción de medidas cautelares.

Dato legal. La detención preventiva no puede durar más de lo estrictamente necesario y, como máximo, setenta y dos horas, tras las cuales la persona debe ser puesta en libertad o a disposición judicial. Entre sus derechos están guardar silencio, no declarar contra sí misma, designar abogado, avisar a un familiar, intérprete gratuito y reconocimiento médico (art. 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).

¿Cuándo te conviene contar con un abogado?

  • Un familiar o amigo ha sido detenido por la policía
  • No sabes en qué comisaría está la persona detenida
  • Te han llamado para informarte de una detención
  • La persona detenida va a pasar a disposición del juzgado de guardia
  • Quieres cambiar el abogado de oficio por uno de confianza
  • Han detenido a una persona extranjera y te preocupa su situación administrativa

Qué hacemos por ti

Designación como abogado de confianza

La familia o la propia persona detenida pueden designarnos. Nos ponemos en contacto con la dependencia policial para conocer el motivo de la detención y en qué momento se tomará declaración.

Entrevista reservada

Hablamos a solas con la persona detenida antes y después de su declaración, en los términos que permite la ley, para explicarle su situación y aconsejarle sobre si conviene declarar o guardar silencio.

Control de la legalidad de la detención

Comprobamos que se respetan sus derechos, que se le ha informado de ellos por escrito y que los plazos se cumplen. Si hay irregularidades, valoramos solicitar un habeas corpus.

Comparecencia en el juzgado de guardia

Asistimos a la persona en su declaración judicial y en la comparecencia sobre medidas cautelares, defendiendo su libertad y aportando arraigo familiar, laboral o domiciliario.

Orientación a la familia

Mantenemos informada a la familia dentro de lo que permite el secreto profesional, les indicamos qué documentos reunir y les explicamos los siguientes pasos del procedimiento penal.

Cómo es el proceso

  1. Aviso de la familia

    Nos facilitas el nombre completo de la persona detenida, la comisaría si la conoces y lo que sepas de los hechos. Con eso solicitamos la intervención como abogado de confianza.

  2. Asistencia en dependencias policiales

    Acudimos o contactamos con la comisaría, nos entrevistamos con la persona detenida y la asistimos en la declaración policial, si decide prestarla.

  3. Puesta a disposición judicial

    La persona detenida pasa al juzgado de guardia o queda en libertad. En el juzgado preparamos su declaración y defendemos que no se adopten medidas desproporcionadas.

  4. Continuación de la defensa

    Si se abre un procedimiento, seguimos con la defensa en la fase de instrucción y te explicamos qué esperar en las semanas siguientes.

Qué conviene preparar

  • Nombre completo y DNI, NIE o pasaporte de la persona detenida
  • Comisaría o dependencia donde se encuentra, si se conoce
  • Contrato de trabajo o nóminas que acrediten arraigo laboral
  • Contrato de alquiler, escritura o empadronamiento
  • Libro de familia o documentos que prueben cargas familiares
  • Informes médicos si la persona necesita medicación

Errores que conviene evitar

  • Declarar ante la policía sin haber hablado con el abogado
  • Presentarse en comisaría con nervios y sin datos básicos
  • Hablar de los hechos por teléfono o en redes sociales
  • No reunir a tiempo documentos de arraigo para el juzgado

Preguntas frecuentes sobre asistencia al detenido

¿Qué derechos tiene una persona detenida?

Según el artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, entre otros: guardar silencio y no declarar si no quiere, no declarar contra sí misma ni confesarse culpable, designar abogado, acceder a los elementos esenciales para impugnar la detención, que se avise a un familiar, un intérprete gratuito si lo necesita, ser reconocida por un médico y solicitar asistencia jurídica gratuita.

¿Cuánto tiempo puede durar una detención?

Solo el tiempo estrictamente necesario para las averiguaciones. En todo caso, el plazo máximo general es de setenta y dos horas, tras las cuales la persona debe quedar en libertad o a disposición del juez. En la práctica, muchas detenciones se resuelven antes, pero cada caso depende de los hechos investigados.

¿Puede la familia elegir abogado?

Sí. La familia puede designar un abogado de confianza. Si no se designa, se asigna un abogado del turno de oficio. También es posible cambiar de abogado más adelante. Para designarnos, lo útil es que nos facilites cuanto antes el nombre completo de la persona detenida y la dependencia en la que se encuentra.

¿Qué pasa en el juzgado de guardia?

El juez toma declaración a la persona detenida, escucha a la fiscalía y a la defensa y decide su situación: libertad sin medidas, libertad con obligaciones, como comparecer periódicamente, o en casos más graves prisión provisional. Por eso es útil aportar documentos que acrediten domicilio, trabajo y vínculos familiares.

Información general, no sustituye al asesoramiento sobre tu caso concreto: cada asunto depende de sus hechos, sus documentos y sus plazos.

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