Custodia de hijos
Custodia compartida o monoparental, régimen de visitas, vacaciones y traslados de domicilio, siempre desde el interés del menor.
Separarse es una decisión difícil que afecta a la vivienda, a los hijos y a la economía familiar. Te ayudamos a ordenar todas las cuestiones y a buscar, si es posible, un acuerdo que funcione.
El divorcio disuelve el matrimonio y la separación suspende la vida en común sin disolverlo. En ambos casos hay que regular la custodia y las visitas de los hijos, la pensión de alimentos, el uso de la vivienda familiar, la posible pensión compensatoria y la liquidación del régimen económico. Siempre intentamos primero el mutuo acuerdo, que suele ser más rápido y menos costoso emocionalmente, y redactamos un convenio regulador claro y realista. Si no hay acuerdo posible, defendemos tus intereses en un procedimiento contencioso, con especial atención al bienestar de los menores.
Dato legal. Para pedir el divorcio deben haber transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio, salvo que exista riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del demandante, de los hijos o de otro miembro del matrimonio (arts. 81 y 86 del Código Civil).
Redactamos el convenio regulador con todas las medidas pactadas y lo presentamos ante el juzgado o, cuando no hay hijos menores y la ley lo permite, valoramos la vía notarial o ante el letrado de la Administración de Justicia.
Si no hay acuerdo, preparamos la demanda con una propuesta fundada de medidas, solicitamos medidas provisionales si son urgentes y defendemos tu posición en la vista.
Detallamos custodia, régimen de visitas, vacaciones, pensión de alimentos, gastos extraordinarios, uso de la vivienda y, en su caso, pensión compensatoria, para evitar conflictos futuros.
Inventariamos bienes y deudas, valoramos la vivienda y la hipoteca y proponemos un reparto equilibrado, ya sea dentro del propio convenio o en un procedimiento posterior.
Analizamos qué ley se aplica y qué tribunal es competente cuando uno de los cónyuges es extranjero, el matrimonio se celebró fuera o hay bienes en otro país.
Escuchamos tu situación familiar y económica, te explicamos las opciones y los plazos y te indicamos qué documentación necesitamos para empezar.
Intentamos alcanzar un acuerdo con tu pareja o con su abogado. En la mayoría de los casos merece la pena dedicar tiempo a esta fase.
Presentamos el convenio o la demanda. En el mutuo acuerdo se ratifica el convenio; en el contencioso se celebra una vista con pruebas.
Tras la sentencia, inscribimos el divorcio en el Registro Civil y te ayudamos a que se cumpla lo acordado, incluida la liquidación del patrimonio.
Con carácter general, tres meses desde la boda. Ese plazo no se exige cuando existe un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad sexual del cónyuge que lo pide, de los hijos o de otro miembro del matrimonio. No hace falta alegar ninguna causa para divorciarse.
La separación suspende la vida en común y regula sus efectos, pero el matrimonio sigue existiendo y no podéis volver a casaros. El divorcio disuelve definitivamente el vínculo. Hoy la mayoría de las parejas opta directamente por el divorcio, aunque la separación puede tener sentido en algunos casos personales.
En el divorcio de mutuo acuerdo es posible que ambos cónyuges actúen con el mismo abogado y procurador, porque defienden un convenio común. Si hay intereses contrapuestos o dudas sobre el acuerdo, lo recomendable es que cada uno tenga su propio asesoramiento para asegurarse de que entiende lo que firma.
Si hay hijos menores, el uso de la vivienda suele vincularse a su interés, lo que no cambia la propiedad. Sin hijos, se valora qué cónyuge tiene un interés más necesitado de protección. La propiedad y la hipoteca son cuestiones distintas que se resuelven en la liquidación del régimen económico.
Información general, no sustituye al asesoramiento sobre tu caso concreto: cada asunto depende de sus hechos, sus documentos y sus plazos.
Custodia compartida o monoparental, régimen de visitas, vacaciones y traslados de domicilio, siempre desde el interés del menor.
Fijación de la pensión de alimentos, reclamación de impagos, gastos extraordinarios y actualización de cuantías.
Cambios de custodia, visitas o pensiones cuando las circunstancias han variado de forma sustancial desde la sentencia.
Te explicamos las opciones y te ayudamos a buscar el acuerdo más razonable.
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