Permisos de residencia y trabajo
Autorizaciones iniciales, renovaciones y modificaciones de residencia y trabajo, revisadas antes de presentarlas.
Reunir a tu familia en Madrid requiere demostrar medios, vivienda y vínculos. Te ayudamos a montar un expediente sólido.
La reagrupación familiar permite que un extranjero con residencia en España traiga a determinados familiares, como el cónyuge o la pareja, los hijos o, en algunos casos, los ascendientes. El nuevo Reglamento RD 1155/2024 amplió algunos supuestos, como la edad de los hijos y la pareja no registrada que acredite una relación análoga. El procedimiento tiene dos fases: la autorización en España y el visado en el consulado. Revisamos medios económicos, vivienda y documentos de parentesco para que ambas fases avancen sin tropiezos.
Comprobamos tu autorización, tus ingresos y tu vivienda frente a lo que exige la norma, y te decimos qué familiares puedes reagrupar y en qué orden conviene hacerlo.
Te orientamos sobre cómo acreditar medios económicos suficientes y cómo solicitar el informe de vivienda adecuada en Madrid, para evitar uno de los motivos de denegación más frecuentes.
Revisamos los certificados de matrimonio y de nacimiento, o las pruebas de relación análoga en el caso de parejas no registradas, y comprobamos que las legalizaciones y las traducciones juradas estén en regla.
Presentamos la solicitud de autorización ante la Oficina de Extranjería y hacemos seguimiento del expediente en la sede electrónica, contestando cualquier requerimiento dentro de plazo y avisándote de cada paso.
Una vez concedida la autorización, preparamos con tu familiar la solicitud de visado y te explicamos los pasos cuando llegue a España, incluida la tarjeta.
Nos dices a quién quieres reagrupar y cuál es tu situación. Comprobamos tu autorización, tus ingresos y si la vivienda cumple.
Te damos una lista concreta de documentos para España y para el país de origen, con indicaciones claras sobre apostillas, legalizaciones y traducciones juradas.
Presentamos la solicitud ante la Oficina de Extranjería y la seguimos hasta la resolución, que te comunicamos en cuanto se notifica para no perder tiempo.
Tu familiar pide el visado en el consulado dentro del plazo indicado y, al llegar, solicita la tarjeta de identidad de extranjero.
Por regla general, al cónyuge o pareja, a los hijos y, en determinados casos, a los ascendientes a tu cargo. El Reglamento RD 1155/2024 amplió la edad de los hijos reagrupables y permite incluir a parejas no registradas que acrediten una relación análoga. Cada supuesto tiene requisitos propios, así que conviene revisarlo antes.
La norma exige acreditar medios económicos suficientes, que se calculan en función del número de personas de la unidad familiar. La cifra concreta se actualiza con referencias oficiales, por lo que conviene comprobarla en el momento de presentar. Te ayudamos a calcular si llegas y cómo acreditarlo correctamente.
En la mayoría de los casos, la autorización por reagrupación familiar permite trabajar, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, desde su concesión. Aun así, conviene revisar la resolución concreta y las condiciones de cada caso, porque hay matices según el tipo de familiar y la autorización del reagrupante.
Lo primero es leer con atención los motivos de la denegación y fijarse en el plazo para recurrir, que suele ser corto. A veces la mejor opción es recurrir y otras, presentar una nueva solicitud corrigiendo el problema. Estudiamos tu resolución y te explicamos las alternativas con claridad.
Información general, no sustituye al asesoramiento sobre tu caso concreto: cada asunto depende de sus hechos, sus documentos y sus plazos.
Autorizaciones iniciales, renovaciones y modificaciones de residencia y trabajo, revisadas antes de presentarlas.
Revisamos si cumples el plazo de residencia, preparamos la solicitud y te acompañamos hasta la jura.
Recurrimos denegaciones de permisos, arraigos, visados y nacionalidad, y te asistimos en expedientes de expulsión.
Cuéntanos a quién quieres traer y te explicamos qué necesitas para presentar la solicitud con garantías.
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