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Extranjería

Abogados de reagrupación familiar en Madrid

Reunir a tu familia en Madrid requiere demostrar medios, vivienda y vínculos. Te ayudamos a montar un expediente sólido.

Familia abrazándose al reencontrarse
En pocas palabras

Reagrupación familiar: lo que debes saber

La reagrupación familiar permite que un extranjero con residencia en España traiga a determinados familiares, como el cónyuge o la pareja, los hijos o, en algunos casos, los ascendientes. El nuevo Reglamento RD 1155/2024 amplió algunos supuestos, como la edad de los hijos y la pareja no registrada que acredite una relación análoga. El procedimiento tiene dos fases: la autorización en España y el visado en el consulado. Revisamos medios económicos, vivienda y documentos de parentesco para que ambas fases avancen sin tropiezos.

¿Cuándo te conviene contar con un abogado?

  • Tienes residencia en España y quieres traer a tu pareja o a tus hijos
  • No sabes si tus ingresos alcanzan los medios exigidos
  • Tu vivienda necesita el informe de adecuación
  • Tu pareja no está casada contigo ni inscrita como pareja de hecho
  • El consulado te ha pedido documentos que no entiendes
  • Te han denegado la reagrupación o el visado

Qué hacemos por ti

Estudio de requisitos

Comprobamos tu autorización, tus ingresos y tu vivienda frente a lo que exige la norma, y te decimos qué familiares puedes reagrupar y en qué orden conviene hacerlo.

Medios y vivienda

Te orientamos sobre cómo acreditar medios económicos suficientes y cómo solicitar el informe de vivienda adecuada en Madrid, para evitar uno de los motivos de denegación más frecuentes.

Prueba del vínculo

Revisamos los certificados de matrimonio y de nacimiento, o las pruebas de relación análoga en el caso de parejas no registradas, y comprobamos que las legalizaciones y las traducciones juradas estén en regla.

Solicitud en España

Presentamos la solicitud de autorización ante la Oficina de Extranjería y hacemos seguimiento del expediente en la sede electrónica, contestando cualquier requerimiento dentro de plazo y avisándote de cada paso.

Fase consular

Una vez concedida la autorización, preparamos con tu familiar la solicitud de visado y te explicamos los pasos cuando llegue a España, incluida la tarjeta.

Cómo es el proceso

  1. Análisis inicial

    Nos dices a quién quieres reagrupar y cuál es tu situación. Comprobamos tu autorización, tus ingresos y si la vivienda cumple.

  2. Documentación

    Te damos una lista concreta de documentos para España y para el país de origen, con indicaciones claras sobre apostillas, legalizaciones y traducciones juradas.

  3. Autorización en España

    Presentamos la solicitud ante la Oficina de Extranjería y la seguimos hasta la resolución, que te comunicamos en cuanto se notifica para no perder tiempo.

  4. Visado y llegada

    Tu familiar pide el visado en el consulado dentro del plazo indicado y, al llegar, solicita la tarjeta de identidad de extranjero.

Qué conviene preparar

  • Tu pasaporte y tarjeta de residencia en vigor
  • Pasaporte completo del familiar que vas a reagrupar
  • Certificados de matrimonio o nacimiento legalizados y traducidos
  • Contrato, nóminas, vida laboral o declaración de la renta
  • Informe de adecuación de vivienda o documentación del piso
  • Pruebas de la relación si se trata de una pareja no registrada

Errores que conviene evitar

  • Presentar sin acreditar bien los medios económicos del último periodo
  • Olvidar el informe de vivienda o pedirlo con datos incompletos
  • No legalizar los documentos de parentesco del país de origen
  • Dejar pasar el plazo para pedir el visado tras la concesión

Preguntas frecuentes sobre reagrupación familiar

¿A qué familiares puedo reagrupar?

Por regla general, al cónyuge o pareja, a los hijos y, en determinados casos, a los ascendientes a tu cargo. El Reglamento RD 1155/2024 amplió la edad de los hijos reagrupables y permite incluir a parejas no registradas que acrediten una relación análoga. Cada supuesto tiene requisitos propios, así que conviene revisarlo antes.

¿Cuántos ingresos necesito para reagrupar?

La norma exige acreditar medios económicos suficientes, que se calculan en función del número de personas de la unidad familiar. La cifra concreta se actualiza con referencias oficiales, por lo que conviene comprobarla en el momento de presentar. Te ayudamos a calcular si llegas y cómo acreditarlo correctamente.

¿Mi familiar puede trabajar al llegar a España?

En la mayoría de los casos, la autorización por reagrupación familiar permite trabajar, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, desde su concesión. Aun así, conviene revisar la resolución concreta y las condiciones de cada caso, porque hay matices según el tipo de familiar y la autorización del reagrupante.

¿Qué hago si me deniegan la reagrupación?

Lo primero es leer con atención los motivos de la denegación y fijarse en el plazo para recurrir, que suele ser corto. A veces la mejor opción es recurrir y otras, presentar una nueva solicitud corrigiendo el problema. Estudiamos tu resolución y te explicamos las alternativas con claridad.

Información general, no sustituye al asesoramiento sobre tu caso concreto: cada asunto depende de sus hechos, sus documentos y sus plazos.

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