Calle Mayor, 6 · junto a la Puerta del Sol, Madrid
Regino & RománAbogados · Asesoría
Familia

Abogados de custodia de hijos en Madrid

Decidir con quién vivirán los hijos tras la ruptura es lo que más preocupa a cualquier familia. Te ayudamos a plantear un régimen estable y adaptado a su día a día.

Padre y madre paseando con su hijo de la mano
En pocas palabras

Custodia de hijos: lo que debes saber

La guarda y custodia determina con quién conviven los hijos menores tras la separación, mientras que la patria potestad, que normalmente se mantiene compartida, abarca las grandes decisiones sobre su educación, salud o residencia. La custodia puede ser compartida o atribuida a uno de los progenitores, con un régimen de visitas para el otro. Los tribunales deciden en función del interés superior del menor: dedicación de cada progenitor, horarios, cercanía de los domicilios, entorno escolar y relación entre los padres. Preparamos un plan de parentalidad concreto y realista, y te defendemos si no hay acuerdo.

Dato legal. La custodia compartida se acuerda cuando la piden ambos progenitores o, excepcionalmente, a instancia de uno, con informe del Ministerio Fiscal, si así se protege adecuadamente el interés superior del menor; no procede si existen indicios fundados de violencia doméstica o de género (art. 92 del Código Civil).

¿Cuándo te conviene contar con un abogado?

  • Os estáis separando y no os ponéis de acuerdo sobre la custodia
  • Quieres solicitar la custodia compartida
  • El otro progenitor incumple el régimen de visitas
  • Uno de los dos quiere cambiar de ciudad o de país con los hijos
  • Los hijos han expresado su deseo de cambiar de régimen
  • Os separáis sin estar casados y hay hijos en común

Qué hacemos por ti

Plan de parentalidad

Diseñamos con detalle el reparto de tiempos, los cambios de domicilio, las vacaciones escolares, las fiestas señaladas y la forma de tomar decisiones conjuntas sobre salud o educación de los hijos.

Custodia compartida

Estudiamos si se dan las condiciones que valoran los juzgados, como dedicación previa, horarios y proximidad de domicilios, y preparamos la prueba necesaria para solicitarla con fundamento.

Parejas no casadas

Tramitamos el procedimiento de guarda, custodia y alimentos de los hijos de parejas no casadas, que se regula con medidas equivalentes a las de un divorcio.

Incumplimientos del régimen

Cuando no se respetan las visitas o las entregas, reunimos pruebas y solicitamos la ejecución de la sentencia o, si procede, la modificación del régimen.

Traslados de residencia

Asesoramos cuando uno de los progenitores quiere mudarse con los hijos, una decisión que, sin acuerdo, necesita autorización judicial por afectar a la patria potestad.

Cómo es el proceso

  1. Análisis familiar

    Conocemos la rutina de los hijos, horarios laborales, colegios y apoyo familiar de cada progenitor para plantear el régimen más adecuado.

  2. Propuesta y negociación

    Presentamos una propuesta concreta al otro progenitor. Un acuerdo sobre los hijos suele ser más duradero y menos dañino que una sentencia impuesta.

  3. Procedimiento judicial

    Sin acuerdo, se presenta demanda. El juzgado pide informe al fiscal, puede escuchar a los menores con suficiente juicio y, a veces, solicita un informe psicosocial.

  4. Sentencia y seguimiento

    El juez fija el régimen de custodia y visitas. Si cambian las circunstancias de forma relevante, podrá pedirse su modificación más adelante.

Qué conviene preparar

  • Libro de familia o certificados de nacimiento de los hijos
  • Certificados de empadronamiento de ambos progenitores
  • Horarios laborales y certificados de empresa
  • Matrícula y datos del centro escolar
  • Mensajes o calendarios que acrediten la implicación en el cuidado
  • Sentencia o convenio anterior, si existe

Errores que conviene evitar

  • Impedir el contacto de los hijos con el otro progenitor sin resolución judicial
  • Cambiar de domicilio con los menores sin acuerdo ni autorización
  • Hablar mal del otro progenitor delante de los hijos
  • Plantear una custodia que no encaja con tus horarios reales

Preguntas frecuentes sobre custodia de hijos

¿La custodia compartida es la opción preferente?

El Código Civil permite la custodia compartida cuando ambos la piden y, excepcionalmente, a petición de uno solo si es lo que mejor protege al menor. En la práctica, los tribunales la valoran de forma favorable cuando se dan condiciones adecuadas, pero siempre analizando el caso concreto y el interés de los hijos.

¿Los hijos pueden elegir con quién vivir?

Los menores tienen derecho a ser oídos, y el juez puede escucharlos cuando tienen suficiente juicio. Su opinión se tiene en cuenta, pero no es vinculante: la decisión se toma valorando su interés superior en conjunto. Conviene no presionarlos ni hacerles sentir responsables de la decisión.

¿Qué pasa si el otro progenitor no cumple las visitas?

Puedes solicitar la ejecución de la sentencia para que se cumpla lo acordado. Si los incumplimientos son reiterados, también puede plantearse la modificación del régimen. Es importante documentar cada incidencia con mensajes, fechas y, si los hay, testigos, sin responder con incumplimientos propios.

¿Puedo mudarme a otra ciudad con mis hijos?

Cambiar la residencia habitual de los hijos es una decisión que corresponde a ambos progenitores dentro de la patria potestad. Si no hay acuerdo, debe autorizarlo el juez, que valorará el motivo del traslado y su impacto en la relación con el otro progenitor. Mudarse sin autorización puede tener consecuencias graves.

Información general, no sustituye al asesoramiento sobre tu caso concreto: cada asunto depende de sus hechos, sus documentos y sus plazos.

También te puede interesar

Especialidades relacionadas

Pensemos juntos en lo mejor para tus hijos

Cuéntanos cómo es su día a día y te ayudamos a plantear un régimen de custodia estable.