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Penal

Abogados de violencia de género en Madrid: víctimas e investigados

Si estás en peligro, llama al 112. Si eres víctima y necesitas orientación, el 016 atiende gratis a cualquier hora. En el despacho asistimos a víctimas y también a personas investigadas, siempre con respeto y máxima prudencia.

Despacho tranquilo y reservado para una consulta confidencial
En pocas palabras

Violencia de género: lo que debes saber

Los procedimientos de violencia de género se tramitan ante juzgados especializados y pueden incluir órdenes de protección, medidas civiles sobre hijos y vivienda, y juicios rápidos. Por su delicadeza, actuamos con discreción y rigor. A las víctimas les acompañamos en la denuncia, en la solicitud de medidas de protección y en el proceso penal y civil, coordinándonos con los recursos públicos de apoyo. A las personas investigadas les garantizamos una defensa técnica con todas las garantías, explicándoles sus obligaciones, en particular el cumplimiento estricto de cualquier medida de alejamiento. Cada caso es único y lo tratamos sin prejuicios.

Dato legal. El 016 es el servicio público del Ministerio de Igualdad de información y asesoramiento para víctimas de violencia contra las mujeres: gratuito, confidencial y disponible las 24 horas; la llamada no aparece en la factura. También atiende por WhatsApp en el 600 000 016. En emergencias, llama al 112.

¿Cuándo te conviene contar con un abogado?

  • Sufres violencia física, psicológica o de control por parte de tu pareja o expareja
  • Quieres denunciar y no sabes qué pasos dar ni qué protección pedir
  • Te han citado ante un juzgado de violencia sobre la mujer como investigado
  • Te han notificado una orden de protección o de alejamiento
  • Hay hijos en común y necesitas medidas sobre custodia y vivienda
  • Se ha incumplido una orden de alejamiento

Qué hacemos por ti

Orientación inicial a la víctima

Te explicamos de forma clara cómo denunciar, qué medidas de protección pueden solicitarse y qué recursos públicos existen, como el 016, con atención gratuita y confidencial, que puede complementar nuestra asistencia.

Orden de protección y medidas civiles

Solicitamos la orden de protección y, cuando hay hijos, las medidas civiles sobre guarda, pensión de alimentos y uso de la vivienda que el juzgado puede acordar de forma provisional.

Acusación particular

Representamos a la víctima durante todo el proceso penal, proponemos las pruebas oportunas, la acompañamos en sus declaraciones y reclamamos la indemnización por los daños sufridos.

Defensa de la persona investigada

Garantizamos una defensa técnica completa: estudio de la denuncia y de las pruebas, preparación de la declaración y defensa en la comparecencia de medidas y en juicio, con respeto absoluto a la víctima.

Cumplimiento de medidas

Explicamos con precisión el alcance de las prohibiciones de aproximación y de comunicación, porque su incumplimiento es delito aunque exista consentimiento de la otra persona.

Cómo es el proceso

  1. Denuncia y atestado

    La denuncia puede presentarse en comisaría o en el juzgado. Suele dar lugar a un atestado y, en ocasiones, a la detención de la persona denunciada.

  2. Juzgado de violencia sobre la mujer

    El juzgado toma declaración a ambas partes, valora la situación de riesgo y decide sobre la orden de protección y las medidas cautelares.

  3. Instrucción o juicio rápido

    Según los hechos, el asunto se tramita como juicio rápido o se abre una instrucción más larga, con práctica de pruebas e informes.

  4. Juicio y medidas civiles

    Se celebra el juicio penal y, en paralelo o después, se regulan las cuestiones de familia como custodia, visitas, pensión y vivienda.

Qué conviene preparar

  • Informes médicos o partes de lesiones
  • Mensajes, correos, audios o capturas relevantes
  • Datos de testigos de los hechos
  • Denuncias o resoluciones judiciales anteriores
  • Libro de familia y datos de los hijos, si los hay
  • Notificaciones del juzgado recibidas

Errores que conviene evitar

  • Retrasar la búsqueda de ayuda cuando existe una situación de riesgo
  • Borrar mensajes o pruebas por miedo o vergüenza
  • Acercarse o comunicarse pese a una orden de alejamiento
  • Declarar en el juzgado sin asesoramiento previo

Preguntas frecuentes sobre violencia de género

Soy víctima, ¿por dónde empiezo?

Si estás en peligro inmediato, llama al 112. Para información y asesoramiento puedes llamar al 016, gratuito, confidencial y disponible las 24 horas, o escribir al WhatsApp 600 000 016. Si quieres denunciar o solicitar protección, también podemos orientarte y acompañarte en cada paso, respetando tus tiempos y decisiones.

¿Qué es una orden de protección?

Es una resolución judicial que puede incluir medidas penales, como la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima, y medidas civiles, como la atribución del uso de la vivienda, la guarda de los hijos o una pensión de alimentos. El juzgado la acuerda tras valorar la situación de riesgo.

Me han denunciado por violencia de género, ¿qué hago?

Busca asesoramiento antes de declarar y cumple estrictamente cualquier medida que te hayan impuesto, aunque no estés de acuerdo con ella. No contactes con la denunciante ni a través de terceros. Revisaremos la denuncia y las pruebas para preparar tu defensa con todas las garantías del procedimiento.

¿Qué pasa con los hijos en común?

El juzgado puede adoptar medidas provisionales sobre la guarda, las visitas y la pensión de alimentos. La ley establece que no procede la custodia compartida cuando uno de los progenitores está incurso en determinados procesos penales o existen indicios fundados de violencia doméstica o de género. Cada situación se valora de forma individual.

Información general, no sustituye al asesoramiento sobre tu caso concreto: cada asunto depende de sus hechos, sus documentos y sus plazos.

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