Arraigo
Estudiamos qué tipo de arraigo encaja contigo y preparamos el expediente con el Reglamento RD 1155/2024.
Te ayudamos a elegir la autorización que encaja con tu situación y a presentar un expediente completo, sin requerimientos evitables.
Una autorización de residencia y trabajo depende de muchos detalles: la vía elegida, la fecha de entrada, los antecedentes, el contrato o la actividad que vas a desarrollar y la documentación de origen. Desde el 20 de mayo de 2025 se aplica el nuevo Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024), que cambió plazos, duraciones y requisitos. Revisamos tu caso con calma, comprobamos qué autorización tiene más sentido, preparamos el expediente y lo presentamos por vía telemática. Después seguimos el procedimiento y contestamos los requerimientos que lleguen, para que no se pierda ningún plazo.
Dato legal. El nuevo Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024) está en vigor desde el 20 de mayo de 2025: con carácter general, las autorizaciones iniciales duran un año y las renovaciones, cuatro.
Analizamos tu historial migratorio, tu situación laboral y tus documentos para decirte qué autorización es la más adecuada y qué puntos débiles tiene el expediente antes de presentarlo.
Preparamos solicitudes de residencia y trabajo por cuenta ajena o propia, revisando contrato, plan de actividad, medios económicos y certificados para que la Administración tenga todo lo que necesita desde el principio.
Calculamos cuándo debes presentar la renovación, comprobamos cotizaciones, contratos y medios de vida, y presentamos la solicitud para que tu situación quede cubierta mientras se resuelve.
Tramitamos el paso de estancia por estudios a residencia y trabajo, de cuenta ajena a propia y otras modificaciones que permite el Reglamento, cuidando que no se interrumpa tu residencia legal.
Vigilamos el expediente en la sede electrónica, contestamos los requerimientos dentro de plazo y te avisamos de cada novedad hasta la resolución y la toma de huellas.
Nos cuentas tu situación por WhatsApp o teléfono y nos envías lo que tengas. Con eso te decimos qué vía vemos más clara y qué falta para presentarla.
Reunimos y revisamos toda la documentación, comprobamos legalizaciones, apostillas y traducciones juradas, y redactamos los escritos que acompañan a la solicitud para explicar bien tu caso.
Presentamos la solicitud ante la Oficina de Extranjería competente y te entregamos el justificante, que conviene guardar siempre junto a tu pasaporte.
Seguimos el expediente hasta la resolución. Si es favorable, te indicamos cómo pedir cita de huellas; si no, estudiamos el recurso que proceda.
El Real Decreto 1155/2024, aplicable desde el 20 de mayo de 2025, reorganizó las vías de arraigo, unificó la duración de las autorizaciones iniciales en un año y amplió las renovaciones a cuatro años, entre otras novedades. Si tenías un trámite a medias o vas a renovar, conviene revisar qué régimen te aplica antes de presentar nada.
Si presentas la renovación dentro del plazo previsto, por regla general tu autorización anterior se entiende prorrogada hasta que se resuelva, y eso incluye la posibilidad de seguir trabajando. Es importante conservar el justificante de presentación y comprobar que la solicitud está bien hecha. Cada caso tiene matices, así que revísalo con nosotros.
No es obligatorio, pero muchos problemas vienen de elegir mal la vía o de presentar documentación incompleta. Un requerimiento mal contestado o una denegación obligan a recurrir o a empezar de nuevo, con el tiempo que eso supone. Revisar el expediente antes de presentarlo suele ahorrar meses de espera y disgustos.
Lo recomendable es renovar el pasaporte cuanto antes en tu consulado y aportar la copia nueva al expediente. Un pasaporte caducado puede generar requerimientos o dificultar la expedición de la tarjeta. Si estás en esa situación, cuéntanoslo y te indicamos cómo incorporarlo al procedimiento sin retrasarlo.
Información general, no sustituye al asesoramiento sobre tu caso concreto: cada asunto depende de sus hechos, sus documentos y sus plazos.
Estudiamos qué tipo de arraigo encaja contigo y preparamos el expediente con el Reglamento RD 1155/2024.
Preparamos la reagrupación de cónyuge, pareja, hijos o padres y te acompañamos hasta el visado en el consulado.
Recurrimos denegaciones de permisos, arraigos, visados y nacionalidad, y te asistimos en expedientes de expulsión.
Escríbenos con tu situación y te decimos qué vía vemos más adecuada y qué documentos necesitas.
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