Reclamación de cantidad
Reclamación de deudas entre particulares, facturas impagadas y préstamos, con negociación previa, monitorio o juicio.
Una factura sin cobrar afecta a tu tesorería. Te ayudamos a reclamarla por la vía más rápida y proporcionada.
Para un autónomo o una pyme, los impagos de clientes pueden comprometer el negocio. Revisamos la documentación de la deuda, como facturas, presupuestos aceptados, albaranes o correos, y elegimos la vía más eficaz: un requerimiento formal que a menudo basta para cobrar, un procedimiento monitorio cuando la deuda está documentada, o un juicio cuando el deudor se opone. Antes de litigar valoramos la solvencia del deudor, porque ganar sin poder cobrar no sirve de mucho. Y si consigues una resolución favorable, instamos la ejecución y la búsqueda de bienes.
Dato legal. La Ley 3/2004, de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, fija que el plazo de pago entre empresas no puede superar los sesenta días naturales, y prevé intereses de demora y una indemnización por costes de cobro.
Revisamos facturas, contratos, albaranes y comunicaciones para comprobar que la deuda está bien acreditada, calcular los intereses que correspondan y anticipar las posibles objeciones que pueda plantear el deudor.
Enviamos un requerimiento formal y fehaciente que deja constancia de la reclamación, interrumpe la prescripción y, en muchos casos, consigue el pago o un acuerdo.
Si no hay pago, presentamos un procedimiento monitorio cuando la deuda está documentada, o el juicio que corresponda, y defendemos tu posición si el deudor se opone.
Cuando tienes un pagaré, un cheque o una letra de cambio impagados, valoramos el juicio cambiario, que permite solicitar el embargo preventivo de bienes del deudor desde el inicio del procedimiento.
Con la resolución favorable, instamos la ejecución, la averiguación patrimonial y los embargos de cuentas y bienes, y valoramos acciones contra los administradores cuando la ley lo permite.
Nos envías las facturas y las comunicaciones con el cliente. Comprobamos el importe de la deuda, los intereses y si existe algún riesgo de prescripción.
Enviamos un requerimiento formal de pago y, si el deudor responde, negociamos un calendario de pagos que quede documentado por escrito y firmado.
Si no paga, presentamos un procedimiento monitorio, un juicio verbal o un juicio ordinario según la cuantía reclamada y la documentación disponible.
Con la resolución favorable en la mano, pedimos la ejecución y el embargo de bienes, cuentas y créditos del deudor para intentar el cobro.
Es un procedimiento judicial pensado para reclamar deudas dinerarias, vencidas y exigibles que estén documentadas, por ejemplo con facturas y albaranes. El juzgado requiere al deudor para que pague o se oponga. Si no hace ninguna de las dos cosas, se puede pedir directamente la ejecución. Es una vía ágil cuando la deuda está bien acreditada.
Sí. En las operaciones entre empresas, la Ley 3/2004 de morosidad prevé intereses de demora y una indemnización por costes de cobro cuando se superan los plazos legales de pago. Lo pactado en el contrato también puede influir. Calculamos contigo lo que corresponde reclamar además del principal.
Antes de demandar conviene estudiar la solvencia del deudor. Si la sociedad está vacía, puede valorarse la responsabilidad de los administradores en los casos previstos por la ley, o comunicar el crédito en un concurso si existe. No siempre es posible cobrar todo, y preferimos explicarlo con claridad desde el principio.
Depende de la vía y de la actitud del deudor. Un requerimiento puede resolverse en semanas; un monitorio sin oposición, en pocos meses; y un juicio con oposición, bastante más, según la carga de los juzgados de Madrid. Te damos una estimación realista en cuanto vemos el caso.
Información general, no sustituye al asesoramiento sobre tu caso concreto: cada asunto depende de sus hechos, sus documentos y sus plazos.
Reclamación de deudas entre particulares, facturas impagadas y préstamos, con negociación previa, monitorio o juicio.
Redactamos y revisamos contratos de servicios, distribución, suministro, confidencialidad y locales de negocio.
Estudiamos tu situación de insolvencia y si puedes acogerte a la exoneración de deudas o al concurso.
Envíanos las facturas pendientes y te decimos cuál es la vía más rápida para reclamarlas.
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