Despidos
Revisamos tu carta de despido y el finiquito, y actuamos dentro del plazo de 20 días hábiles para impugnarlo.
Cuando el INSS deniega una incapacidad o te dan el alta antes de tiempo, hay plazos muy cortos para reclamar. Te ayudamos a no perderlos.
Las prestaciones de la Seguridad Social dependen de informes médicos, cotizaciones y plazos que no siempre se explican bien. Atendemos reclamaciones de incapacidad permanente en sus distintos grados, altas médicas con las que no estás de acuerdo, bajas por contingencia común o profesional y otras prestaciones. Revisamos tu historial médico, tu profesión habitual y tus cotizaciones, presentamos la reclamación previa ante el INSS y, si se desestima, la demanda ante el Juzgado de lo Social, apoyándonos en informes periciales cuando hace falta.
Dato legal. La reclamación previa en materia de prestaciones de Seguridad Social debe presentarse en el plazo de treinta días desde la notificación de la resolución; en determinados casos de alta médica, el plazo es de once días (artículo 71.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
Revisamos tus informes médicos y las tareas de tu profesión habitual para valorar qué grado de incapacidad podría corresponderte y qué pruebas refuerzan la reclamación.
Redactamos y presentamos la reclamación administrativa previa ante el INSS o la mutua dentro de plazo, aportando la documentación médica que no se valoró en su momento.
Si no estás de acuerdo con un alta médica, te explicamos el procedimiento de disconformidad y los plazos especiales, mucho más cortos que en otras reclamaciones.
Defendemos que tu baja o incapacidad derive de accidente de trabajo o enfermedad profesional cuando corresponda, por sus efectos en la cuantía y en la cobertura.
Si la reclamación previa se desestima, presentamos la demanda ante el Juzgado de lo Social y preparamos el juicio, con informe pericial médico cuando sea necesario.
Mándanos la resolución del INSS o de la mutua y la fecha de notificación, junto con tus informes médicos más recientes.
Estudiamos el expediente, tu profesión y tus dolencias, y te decimos con franqueza qué posibilidades vemos y qué pruebas faltan.
Presentamos la reclamación previa ante el organismo que dictó la resolución, un paso obligatorio para poder acudir después al Juzgado de lo Social.
Si no prospera, demandamos ante el Juzgado de lo Social y te acompañamos al juicio, donde el perito médico puede ser clave.
La reclamación previa ante el INSS debe presentarse, por regla general, en treinta días desde la notificación de la resolución, según el artículo 71 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Para ciertas altas médicas el plazo es aún más corto. Envíanos la resolución en cuanto la recibas para no perder el plazo.
La ley distingue la incapacidad parcial, la total para la profesión habitual, la absoluta para todo trabajo y la gran invalidez. Cada grado tiene requisitos y consecuencias económicas distintas. El grado depende de cómo afectan tus dolencias a tu trabajo concreto, por eso es importante describir bien tus tareas reales.
No siempre, pero en muchos juicios de incapacidad un informe pericial bien hecho marca la diferencia, porque explica al juez cómo afectan tus dolencias a tu trabajo. Valoramos contigo si en tu caso compensa encargarlo, teniendo en cuenta la documentación médica que ya tienes.
Depende del grado. Con la incapacidad total puedes trabajar en una profesión distinta de la habitual, y en otros grados hay limitaciones y obligaciones de comunicación. Antes de aceptar un empleo, conviene revisar cómo afecta a tu pensión para evitar problemas posteriores con la Seguridad Social.
Información general, no sustituye al asesoramiento sobre tu caso concreto: cada asunto depende de sus hechos, sus documentos y sus plazos.
Revisamos tu carta de despido y el finiquito, y actuamos dentro del plazo de 20 días hábiles para impugnarlo.
Reclamamos nóminas atrasadas, horas extra, pagas extra y diferencias salariales frente a lo que marca tu convenio.
Reclamación de indemnizaciones por accidentes de tráfico, caídas en la vía pública o en locales y otros daños personales.
Envíanos la resolución y te decimos cuánto plazo tienes y cómo plantear la reclamación.
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