Reclamación de cantidad
Reclamación de deudas entre particulares, facturas impagadas y préstamos, con negociación previa, monitorio o juicio.
Una deuda que se arrastra afecta a tu tesorería y a tu tranquilidad. Te ayudamos a reclamarla con método y sin perder plazos.
Has hecho tu trabajo, has entregado el material o has pagado por un servicio que nunca llegó, y la empresa no responde o te da largas mes tras mes. Es una situación muy frecuente entre autónomos, pymes y también consumidores. La buena noticia es que existen cauces para reclamar, desde un requerimiento formal hasta el proceso monitorio o una demanda. Desde 2025, además, en la mayoría de reclamaciones civiles es obligatorio intentar antes una negociación o un medio adecuado de solución de controversias, así que conviene planificar bien el orden de los pasos y documentar cada uno.
Contrato o presupuesto aceptado, facturas, albaranes, correos de encargo y cualquier documento que demuestre que el trabajo se hizo o el pago se realizó.
Verifica su razón social, CIF y domicilio. Reclamar a la entidad correcta es imprescindible para que la reclamación prospere.
Un burofax u otro medio que deje constancia del contenido y la recepción sirve para reclamar formalmente, interrumpir la prescripción y acreditar el intento de negociación.
Un aplazamiento o un acuerdo de pago puede ser más rápido que un juicio. Además, en muchos casos este intento previo es un requisito para poder demandar.
Según el importe y la documentación, puede encajar un proceso monitorio, un juicio verbal o uno ordinario. Un abogado te indica cuál conviene.
Estudiamos la documentación que tienes y te decimos con franqueza si la deuda está bien acreditada y qué vía es la más eficaz. Redactamos y enviamos el requerimiento, gestionamos la negociación previa y, si no hay respuesta, presentamos el monitorio o la demanda que corresponda. Si la empresa tiene problemas de solvencia o está en concurso, te orientamos sobre cómo comunicar tu crédito para no quedarte fuera.
Es un procedimiento pensado para reclamar deudas dinerarias, vencidas y exigibles que se pueden acreditar con documentos, como facturas o albaranes. El juzgado requiere al deudor para que pague o se oponga. Si no hace ninguna de las dos cosas, se puede pasar directamente a la ejecución. Es una vía ágil cuando la deuda está bien documentada.
Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, en la mayoría de los procesos civiles es requisito haber intentado antes algún medio adecuado de solución de controversias, como una negociación documentada o una mediación. Hay excepciones, por lo que conviene revisar tu caso antes de presentar la demanda.
Si la empresa está en concurso de acreedores, hay que comunicar el crédito en el procedimiento concursal en el plazo que se indique. Si simplemente ha dejado de operar sin liquidarse, puede haber otras vías, incluida en ocasiones la responsabilidad de los administradores. Cada situación requiere un análisis concreto.
Información orientativa. Para saber qué hacer en tu caso, revisamos contigo los documentos y los plazos.
Reclamación de deudas entre particulares, facturas impagadas y préstamos, con negociación previa, monitorio o juicio.
Reclamamos facturas impagadas con requerimiento, monitorio o demanda, y seguimos hasta intentar el cobro.
Redactamos y revisamos contratos de servicios, distribución, suministro, confidencialidad y locales de negocio.
Mándanos las facturas o el contrato y te decimos cómo plantear la reclamación.
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