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Regino & RománAbogados · Asesoría
Extranjería

Quiero regularizar mi situación en España: qué opciones tengo

Vivir sin papeles genera inseguridad en cada aspecto de tu vida. Te ayudamos a encontrar la vía legal que encaja con tu situación.

Documentos preparados sobre una mesa
Lo primero

Entendemos cómo te sientes

Llevas un tiempo viviendo en España, quizá trabajando sin contrato, estudiando o cuidando de tu familia, y quieres por fin tener tu situación en regla. El Reglamento de Extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024, en vigor desde el 20 de mayo de 2025, regula distintas figuras de arraigo: social, sociolaboral, socioformativo, familiar y de segunda oportunidad, que con carácter general exigen haber permanecido en España al menos dos años. Cada vía tiene requisitos propios y la clave está en acreditar bien la permanencia y el resto de condiciones. Te ayudamos a elegir la más adecuada.

Primeros pasos recomendados

  1. Empadrónate y mantén el padrón

    El empadronamiento es una de las pruebas más utilizadas para acreditar tu permanencia en España. Si cambias de domicilio, actualízalo sin dejar huecos.

  2. Guarda pruebas de tu estancia

    Informes médicos, matrículas, recibos, envíos de dinero o justificantes de actividades a tu nombre ayudan a demostrar el tiempo que llevas aquí.

  3. Revisa tus antecedentes penales

    Necesitarás certificados de antecedentes de tu país y, en su caso, de donde hayas vivido antes, debidamente legalizados o apostillados y traducidos.

  4. Ten vigente tu pasaporte

    Un pasaporte en vigor es imprescindible para cualquier solicitud. Si está a punto de caducar, renuévalo en tu consulado con antelación.

  5. Analiza qué arraigo te corresponde

    Según tengas familia en España, una oferta de trabajo, una formación o un historial laboral previo, encajarás mejor en una vía u otra.

Lo que conviene no hacer

  • Pagar a intermediarios que prometen papeles rápidos o contratos falsos.
  • Presentar documentos que no sean auténticos o que no se correspondan con tu situación real.
  • Dejar caducar el pasaporte o dejar huecos en el empadronamiento.
  • Salir de España sin informarte antes de cómo puede afectar al cómputo de tu permanencia.

Cómo te ayudamos

Estudiamos tu historia en España, tu familia, tu formación y tus posibilidades de trabajo para decirte qué vía de arraigo tiene más sentido en tu caso. Te indicamos exactamente qué documentos necesitas y cómo conseguirlos, revisamos que estén completos y presentamos la solicitud. Hacemos seguimiento del expediente y, si hay requerimientos o una denegación, te asesoramos sobre cómo responder o recurrir.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo que llevar en España para pedir el arraigo?

Con el Reglamento aprobado por el Real Decreto 1155/2024, las distintas figuras de arraigo exigen con carácter general una permanencia continuada de al menos dos años en España, junto con otros requisitos que varían según la modalidad. Hay matices en cada caso, así que conviene revisar tu situación concreta.

¿Qué tipos de arraigo existen ahora?

El Reglamento contempla el arraigo social, el sociolaboral, el socioformativo, el familiar y el de segunda oportunidad. Cada uno está pensado para una situación distinta: tener vínculos o medios en España, una relación laboral, una formación, familiares españoles o haber tenido antes una autorización que se perdió.

¿Podré trabajar en cuanto me concedan la autorización?

Con el nuevo Reglamento, las autorizaciones por arraigo permiten con carácter general trabajar por cuenta ajena o propia. Las condiciones concretas dependen de la modalidad concedida y de lo que indique la resolución, por lo que conviene revisarlo cuando la recibas.

Información orientativa. Para saber qué hacer en tu caso, revisamos contigo los documentos y los plazos.

Especialidades que aplican

Así podemos ayudarte

Pregúntanos por tu arraigo

Cuéntanos cuánto tiempo llevas en España y tu situación, y te decimos qué vía puede encajar contigo.