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Familia

Mi ex no paga la pensión de alimentos: qué puedo hacer

Cuando la pensión no llega, quien lo nota primero son tus hijos. Hay herramientas legales para reclamarla y te ayudamos a usarlas.

Madre e hija en la cocina
Lo primero

Entendemos cómo te sientes

Si tienes una sentencia o un convenio aprobado judicialmente que fija una pensión de alimentos y el otro progenitor ha dejado de pagarla, paga solo una parte o lo hace cuando quiere, no tienes por qué aceptarlo. Esa resolución se puede ejecutar ante el juzgado para reclamar las cantidades atrasadas, y en los casos más graves el impago reiterado puede tener incluso consecuencias penales. Lo primero es tener claro cuánto se debe exactamente y desde cuándo, y no dejar que la deuda se acumule durante meses esperando a que la situación se arregle sola.

Primeros pasos recomendados

  1. Localiza la sentencia o el convenio

    Necesitas la resolución que fija la pensión, con su importe, la fecha de pago y si se actualiza cada año. Es el título que permite reclamar.

  2. Calcula lo que se debe

    Haz una tabla mes a mes con lo que debía pagarse, lo que se ha pagado y la diferencia. Incluye gastos extraordinarios pendientes si los hay.

  3. Reúne extractos bancarios

    Los movimientos de la cuenta donde se ingresa la pensión son la mejor prueba de los impagos y de los pagos parciales.

  4. Guarda los mensajes

    Conserva las conversaciones en las que se reconoce la deuda, se pide un aplazamiento o se dan excusas. Pueden ser útiles más adelante.

  5. Consulta qué vía es la adecuada

    Según la cuantía y la duración del impago, puede convenir una ejecución civil, una denuncia o ambas. Un abogado te ayuda a elegir el camino.

Lo que conviene no hacer

  • Impedir que tus hijos vean al otro progenitor como forma de presión por los impagos.
  • Aceptar acuerdos verbales para rebajar la pensión sin que pasen por el juzgado.
  • Dejar pasar mucho tiempo sin reclamar pensando que la situación se arreglará sola.
  • Amenazar o insultar por mensajes, aunque la frustración sea comprensible.

Cómo te ayudamos

Revisamos la resolución que fija la pensión, calculamos contigo la deuda acumulada y presentamos la demanda de ejecución para que el juzgado requiera el pago y, si es necesario, embargue nóminas, cuentas u otros bienes. Te explicamos también si en tu caso tiene sentido acudir a la vía penal. Y si el problema es que la pensión ya no se ajusta a la realidad de ninguno de los dos, valoramos una modificación de medidas.

Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar varios meses atrasados a la vez?

Sí. En la demanda de ejecución se reclaman todas las mensualidades vencidas e impagadas, y se puede pedir que se incluyan también las que venzan durante el procedimiento. Por eso es importante tener bien calculado el importe y acreditarlo con los extractos bancarios.

¿Dejar de pagar la pensión es delito?

El Código Penal castiga el impago de prestaciones económicas fijadas judicialmente a favor de los hijos o del cónyuge cuando se produce durante determinados meses seguidos o no consecutivos. Que proceda o no depende de las circunstancias concretas, así que conviene estudiarlo antes de denunciar.

¿Y si mi ex dice que no puede pagar porque ha perdido el trabajo?

Mientras la sentencia no se modifique, la obligación sigue vigente con el importe fijado. Si su situación económica ha cambiado de verdad, lo que debe hacer es pedir una modificación de medidas al juzgado, no dejar de pagar por su cuenta.

Información orientativa. Para saber qué hacer en tu caso, revisamos contigo los documentos y los plazos.

Especialidades que aplican

Así podemos ayudarte

No dejes que la deuda siga creciendo

Envíanos los datos de la pensión y te decimos qué vía tiene más sentido para reclamarla.